Artículo 16 J incorporado por el artículo 1 del proyecto, con la indicación renovada, que agrega los siguientes incisos cuarto y quinto nuevos:
“El personal responsable de la revisión deberá contar con capacitación en enfoque de derechos de niños, niñas y adolescentes; en protocolos de actuación en contextos educativos; en técnicas de prevención y manejo de situaciones de conflicto; y en el conocimiento del marco normativo aplicable, conforme a las orientaciones que imparta el Ministerio de Educación.
Sin perjuicio de lo anterior, el procedimiento deberá ejecutarse resguardando el deber de evitar cualquier forma de contacto físico o exposición innecesaria de los involucrados, y realizarse en lugares especialmente designados para tales fines.”