N° 2, nuevo, del artículo único, en los términos propuestos por la Comisión de Constitución en su segundo informe, cuya votación separada ha sido solicitada por la diputada Javiera Morales y que consta en la página 4 del comparado. Se hace presente que esta disposición requiere para su aprobación del voto favorable de 87 diputadas y diputados, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de la República.
02/12/2024CamaraRechazado
Sesion: 111Quorum: Reforma Constitucional 4/7Tipo: ParticularEtapa: PRIMER TRÁMITE