Indicación renovada, que agrega un nuevo inciso segundo al artículo 87 ter, incorporado por el artículo 2 del proyecto de ley, del siguiente tenor:
“El conjunto de los procedimientos detallados en los incisos precedentes deberán realizarse en la forma más expedita posible, limitándose al tiempo estrictamente necesario para los fines señalados y en ningún caso podrán extenderse más allá de una hora.”