indicación N° 21 de la Partida 09.
de la diputada GonzĂĄlez Marta
Part 09 - Cap 09 - Prog 01
Para incorporar en la glosa 02, luego del primer punto seguido, la siguiente frase: âAdemĂĄs, se velarĂĄ por el cumplimiento de los Ăndices mĂĄximos de manipuladoras de setenta (70) raciones por manipuladora, en establecimientos de JUNAEB y de cuarenta (40) raciones por manipuladora en el caso de las salas cunas. Si las empresas no cumplen estas exigencias en mĂĄs de dos fiscalizaciones, deberĂĄn contratar un seguro de salud adicional que cubra las enfermedades recurrentes de las manipuladoras por recarga de trabajo como son el daño al mango rotador, tendinitis, lumbagos, entre otrosâ