Indicación renovada, de la diputada Daniela Serrano, que agrega el siguiente texto al inciso primero del numeral 5, literal vi, letra a), número 1 del artículo primero del proyecto:
“Los contratos de arrendamiento celebrados no podrán ocultar relacione de propiedad indirecta cualquiera sea la estructura societaria utilizada o el acto jurídico empleado para dichos efectos. Cualquier infracción a la prohibición de contratar con personas relacionadas será sancionada con la revocación inmediata del derecho a percibir la subvención y la restitución de los fondos percibidos. Corresponderá a la Superintendencia fiscalizar el cumplimiento de esta prohibición conforme a sus atribuciones legales.”