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Total

330

Aprobadas

55%

182 votaciones

Rechazadas

12%

38 votaciones

Margen promedio

57

votos de diferencia

Votaciones por mes (ultimos 12 meses)

46
Jul 25
1
Ago 25
2
Sep 25
3
Oct 25
0
Nov 25
0
Dic 25
0
Ene 26
0
Feb 26
0
Mar 26
0
Abr 26
20
May 26
3
Jun 26
09/06/2026·Cámara💻Tecnología
3%
Aprobado

Aprobación De Modificaciones Del Senado A Ley De Transferencia Tecnológica

El Senado propuso cambios a un proyecto de ley sobre cómo se transfieren tecnología y conocimiento entre empresas, universidades y otras instituciones. La Cámara acaba de aprobar la mayoría de esas modificaciones, excepto las que necesitan una votación especial.

A favor: 134·En contra: 2·Abstención: 4
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Modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Dicta normas sobre transferencia de tecnología y conocimiento”, con la salvedad de aquellas que requieren quorum especial de aprobación.

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09/06/2026·Senado🛡️Seguridad
100%
Sin resultado

Incorporación de párrafos sobre inteligencia económica anticriminalidad

Se vota si se incluyen nuevos párrafos (del tercero al séptimo) en una sección específica de un proyecto de ley que busca crear un sistema de inteligencia económica para detectar y prevenir actividades vinculadas al crimen organizado.

A favor: 24·En contra: 24·Abstención: 0
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Ordinal iii) de la letra b), nueva, del número 2) del artículo 11 del proyecto, incorporando los párrafos tercero a séptimo, nuevos. Proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que crea el Subsistema de Inteligencia Económica y establece otras medidas para la prevención y alerta de actividades que digan relación con el crimen organizado (Rechazado por aplicación del artículo 182 del Reglamento de la Corporación)

03/06/2026·Cámara🛡️Seguridad
83%
Rechazado

Facultades de fiscalización de la Unidad de Análisis Financiero

Se propone ampliar las atribuciones de la Unidad de Análisis Financiero para solicitar información financiera cuando detecte infracciones graves que impidan rastrear el origen, destino o movimiento del dinero en operaciones sospechosas.

A favor: 61·En contra: 86·Abstención: 2
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Indicación renovada de la diputada Carolina Tello, del siguiente tenor: “Nuevo numeral.- Para agregar al artículo 3° de la ley N°19.913 un inciso final, del siguiente tenor: “Para efectos de la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley, cuando un sujeto obligado incurra en una infracción grave que dificulte o impida la verificación del origen, destino o trazabilidad de sus operaciones, la Unidad de Análisis Financiero podrá requerir la información financiera necesaria para dichos fines, conforme a los procedimientos y autorizaciones establecidos en la legislación vigente.”.

20/05/2026·Cámara💻Tecnología
97%
Rechazado

Derecho al olvido financiero para deudas antigas

Se propuso agregar un artículo que permitiría a personas eliminar de sus registros financieros información sobre deudas que fueron pagadas o extintas hace más de 5 años, y prohibiría que bancos y empresas usen esa información antigua para rechazar créditos.

A favor: 74·En contra: 78·Abstención: 1
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art.69 ideas matrices) respecto de la indicación de las diputadas y los diputados Manouchehri, Yeomans, Barrera, Hassler, Ulloa, Malla y Brito, para incorporar un nuevo artículo: "Artículo nuevo.- Se establecerá el derecho al olvido en materia financiera, en los siguientes términos: 1) Los responsables del tratamiento de datos personales de carácter económico, financiero, bancario o comercial deberán eliminar de sus registros, internos o de comunicación a terceros, los datos personales relativos a información financiera de deudas impagas o extinguidas de personas naturales, cuando la deuda se hubiere hecho exigible o se hubiere extinguido -lo primero que ocurra-hace más de cinco años contados desde la entrada en vigencia de la presente ley. 2) Las entidades del sistema financiero, bancario y comercial no podrán utilizar la información eliminada en virtud de este artículo, ni la información relativa a deudas extinguidas, prescritas o pagadas, como criterio para denegar el acceso al crédito, a productos financieros o a la apertura de cuentas a una persona natural. Toda denegación de crédito a una persona natural deberá ser fundada por escrito y entregada al solicitante, indicando los criterios objetivos en que se sustenta. 3) El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este artículo se sancionará conforme a la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y, una vez en plena vigencia, conforme a la Ley N° 21.719, sin perjuicio del derecho del titular a obtener indemnización por el daño patrimonial y moral causado.".

20/05/2026·Cámara🌿Medio Ambiente
93%
Rechazado

Entrada en vigencia condicionada a refuerzo de recursos administrativos

Se propone que los cambios sobre plazos y decisiones automáticas en temas ambientales y tributarios solo entren en vigencia cuando el Estado haya aumentado el personal y presupuesto de los organismos que deban aplicarlos.

A favor: 71·En contra: 82·Abstención: 0
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Renovación de una indicación de las diputadas y los diputados Serrano, Gatica, Bassa, Crisóstomo y Tello para agregar el siguiente nuevo artículo transitorio, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario: “Artículo transitorio nuevo.- Las disposiciones de la presente ley, en materias ambientales y tributarias, que contemplen reducción de plazos administrativos o establezcan reglas de silencio administrativo, entrarán en vigencia únicamente una vez que se haya verificado el reforzamiento de dotación y recursos de los órganos de la Administración del Estado y de las unidades administrativas respectivas que deban asumir la mayor carga de trabajo derivada de dichas modificaciones. La ley que disponga el referido reforzamiento institucional deberá señalar expresamente, en una disposición transitoria, que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el inciso precedente.”.

20/05/2026·Cámara💰Economía
97%
Rechazado

Reclamación por rechazo de cambios al impuesto a herencias y donaciones

Un grupo de diputados presentó una propuesta para modificar la ley de impuestos a herencias y donaciones, específicamente para restringir exenciones tributarias en donaciones a familiares cercanos y empresas relacionadas. La Comisión de Hacienda rechazó admitir esta propuesta por considerarla fuera de los temas permitidos en este proyecto de ley.

A favor: 74·En contra: 78·Abstención: 1
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art 65, inciso cuarto N° 1, materia de tributos) respecto de la indicación de las diputadas y los diputados Manouchehri, Yeomans, Barrera, Hassler, Ulloa, Malla y Brito, para incorporar un nuevo artículo: "Artículo nuevo.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Ley Nº 16.271, de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra fijado en el artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 1, del año 2000, del Ministerio de Justicia: 1. Reemplázase en el artículo 1 la expresión “artículo 1.386” por “artículos 1136 y 1386”. 2. Reemplázase, en el inciso primero del numeral 8º del artículo 18, la frase “En caso que estas donaciones se efectúen a los legitimarios en uno o varios ejercicios comerciales, todas las donaciones se acumularán en los términos del artículo 23 hasta por un lapso de 10 años comerciales, para cuyo efecto el legitimario deberá informar las donaciones conforme al siguiente inciso” por la oración “No gozarán de esta exención las donaciones efectuadas a personas que tengan la calidad de legitimarios o sean beneficiarias de la cuarta de mejoras del donante, según lo dispuesto en el artículo 1184 del Código Civil. Tampoco gozarán de esta exención las donaciones efectuadas a partes relacionadas con el donante en los términos del numeral 17 del artículo 8 del Código Tributario.”.

20/05/2026·Cámara📋Procedimiento
84%
Rechazado

Reclamación sobre rechazo de propuesta de modificar ley de fondos de terceros

Un grupo de diputados presentó una propuesta para cambiar la ley que regula cómo se administran los fondos y carteras de otras personas. La Comisión de Hacienda rechazó esta propuesta diciendo que no podía ser votada. Ahora se reclama ese rechazo para que el Pleno decida si la propuesta debería ser votada o no.

A favor: 64·En contra: 89·Abstención: 0
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art. 69, ideas matrices; Art.65 inc.3 y Art.65 N°2, incide en materia financiera del Estado y en materia tributaria) respecto de la indicación de las diputadas y los diputados Manouchehri, Yeomans, Barrera, Hassler, Ulloa, Malla y Brito, para agregar un artículo nuevo, que introduce modificaciones a la ley N° 20.712, sobre Administración de fondos de terceros y carteras individuales y deroga los cuerpos legales que indica, y que consta en las páginas 525 a 528 del informe de la Comisión de Hacienda.

20/05/2026·Cámara💰Economía
74%
Rechazado

Reclamación por rechazo de impuesto al patrimonio de 2% para personas con más de USD 100 millones

Un grupo de diputados reclamó la decisión de la Comisión de Trabajo que rechazó una propuesta para crear un nuevo impuesto anual del 2% sobre el patrimonio de personas con más de 100 millones de dólares, cuyos ingresos se destinarían a educación pública, transporte estudiantil gratuito y programas de empleo.

A favor: 55·En contra: 93·Abstención: 5
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social (Art 65, inciso cuarto N° 1, fijación y cálculo de impuestos) respecto de la indicación de las diputadas Gazmuri, Hassler, Castillo, Pizarro, Serrano, Santibáñez y González, y de los diputados Barrera, Barraza, Salinas, Cuello y Gatica, para agregar un artículo nuevo: “Artículo 36: Impuesto a los súper ricos. Establécese un impuesto al patrimonio, al que quedarán sujetos los siguientes contribuyentes: 1.Personas naturales domiciliadas o residentes en Chile cuyo patrimonio neto total, determinado conforme a las reglas del presente artículo, exceda de USD 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional al 31 de diciembre de cada año. 2.Personas naturales cuyo patrimonio neto total, determinado conforme a las reglas del presente artículo, exceda de USD 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional al 31 de diciembre de cada año, que trasladaron su residencia o domicilio tributario fuera de Chile, las que estarán afectas durante un período de cinco años contados desde el año del traslado. La base imponible del impuesto estará constituida por el patrimonio neto total del contribuyente descontado el monto total de sus deudas exigibles, determinado con referencia al 31 de diciembre del año respectivo. El patrimonio neto total se entenderá como el valor de mercado de la totalidad de sus activos, incluyendo bienes, derechos, acciones, participaciones en sociedades cotizadas y no cotizadas en bolsa, instrumentos financieros, activos en el extranjero, descontados los pasivos. La tasa del impuesto será de un 2% del patrimonio neto total del contribuyente Contra este impuesto se podrá imputar el total de impuestos personales efectivamente pagados en Chile, durante el respectivo año. El Servicio de Impuestos Internos podrá requerir información a organismos públicos nacionales e instituciones financieras privadas, así como autoridades extranjeras conforme a los tratados internacionales vigentes y mecanismos de intercambio automático de información, incluyendo registros de beneficiarios finales y estándares internacionales de transparencia fiscal. a)Plan Nacional de Infraestructura para la Educación Pública, cuyo objeto será la conservación y reposición de establecimientos educacionales de nivel inicial, básica y media. b)Garantizar el derecho a gratuidad en el transporte público urbano e interurbano a los estudiantes de enseñanza media. c)Ampliación de los siguientes programas de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas: i.Servicios Médicos. ii.Hogares y Residencias Estudiantiles ii. Beca Mantención para Educación Superior. iii.Útiles Escolares. iv.Programa de Alimentación Escolar. d) Ampliación de los siguientes programas del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo: i. Subsidio Empleo a la mujer. II.Subisidio al Empleo Joven. ii. Becas de Capacitación del Fondo de Cesantía Solidario. El exceso de lo recaudado por el impuesto al patrimonio establecido en este artículo se destinará a Ingresos Generales de la Nación.”.

20/05/2026·Cámara💰Economía
99%
Rechazado

Impuesto a empresas pequeñas: mantener tasa fija o permitir alza

Se vota si se rechaza una propuesta que congelaría en 12,5% el impuesto que pagan las pequeñas y medianas empresas del régimen Pro-Pyme, evitando que suba a 15% en 2028 y a 25% en 2029 como estaba previsto.

A favor: 74·En contra: 75·Abstención: 4
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art.65 inc. cuarto N°1, materia de tributos) respecto de la indicación de las diputadas y los diputados Manouchehri, Yeomans, Barrera, Hassler, Ulloa, Malla y Brito, para incorporar un nuevo artículo, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario: "Artículo nuevo.- Modifícase el artículo vigésimo quinto de la Ley N° 21.755, en orden a establecer en forma permanente la tasa del Impuesto de Primera Categoría a 12,5% para los contribuyentes acogidos al régimen Pro-Pyme contenido en el numeral 3) de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, derogándose la gradualidad que dispone su elevación a 15% en el año comercial 2028 y a 25% a contar del año comercial 2029. La tasa permanente del 12,5% mantendrá las mismas condiciones de cumplimiento de la cotización empleadora establecidas en el artículo cuarto transitorio de la Ley N° 21.735.".

20/05/2026·Cámara💰Economía
96%
Rechazado

Reclamación por rechazo de propuesta sobre condonación de deudas bancarias

Un grupo de diputados intentó agregar una norma que obligaría a bancos y financieras a ofrecer a deudores de bajos ingresos la condonación de intereses penales y comisiones por atraso, además de permitir reprogramar el pago en hasta 48 cuotas. La Comisión de Hacienda rechazó esta propuesta y los diputados reclamaron ese rechazo.

A favor: 73·En contra: 79·Abstención: 0
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art.69 ideas matrices) respecto de la indicación de las diputadas y los diputados Manouchehri, Yeomans, Barrera, Hassler, Ulloa, Malla y Brito, para incorporar un nuevo artículo: "Artículo nuevo.- Por el plazo de ciento ochenta días contado desde la publicación de la presente ley, los acreedores bancarios y no bancarios sujetos a la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero estarán obligados a ofrecer a sus deudores personas naturales con ingresos mensuales inferiores a treinta unidades tributarias mensuales, un plan voluntario de regularización que contemple la condonación íntegra de los intereses penales y de las comisiones devengadas por mora, así como una reprogramación de hasta cuarenta y ocho cuotas, sin nuevas comisiones de cobranza extrajudicial. La Comisión para el Mercado Financiero, en conjunto con el Servicio Nacional del Consumidor, definirá las condiciones operativas del régimen y supervisará su aplicación. La adhesión del deudor será voluntaria y no podrá significar, en caso alguno, una agravación de las condiciones originales del crédito.".

20/05/2026·Cámara💰Economía
95%
Rechazado

Reclamación contra rechazo de indicación tributaria

Un diputado presentó una propuesta de cambio sobre un artículo transitorio del proyecto de ley 18216, pero la Comisión de Hacienda la rechazó por considerar que no se podía admitir. El diputado reclamó contra esa decisión de rechazo.

A favor: 72·En contra: 79·Abstención: 2
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art.65 inc. cuarto N°1, materia de tributos) respecto de la indicación del diputado Raúl Soto para reemplazar el artículo sexto transitorio del proyecto de ley.

20/05/2026·Cámara🧾Presupuesto
99%
Rechazado

Evaluación externa obligatoria sobre impacto fiscal de la ley

Se votó si incluir una disposición que obliga al Ministerio de Hacienda a contratar un análisis externo dos años después de que entre en vigencia esta ley, para revisar cómo funcionó y sus efectos en los impuestos, la economía y el gasto público.

A favor: 75·En contra: 77·Abstención: 1
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art.65 inc.3, incide en la administración financiera del Estado) respecto de la indicación de las diputadas y diputados Manouchehri, Yeomans, Barrera, Hassler, Ulloa, Brito, para agregar el siguiente artículo transitorio, nuevo: “Artículo transitorio nuevo.- Transcurridos dos años desde la entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Hacienda deberá contratar una evaluación externa que se pronuncie sobre la implementación y aplicación de las medidas contenidas en la presente ley, refiriéndose, a lo menos, a su efecto sobre la recaudación fiscal, su impacto en la actividad económica, sus efectos distributivos y el cumplimiento de los compromisos en materia de gastos adquiridos durante la tramitación de la misma. El resultado de esa evaluación será remitido a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Hacienda del Senado, y deberá será publicado en el sitio web del Ministerio de Hacienda.".

20/05/2026·Cámara📋Procedimiento
90%
Rechazado

Rechazo a revisión de exclusión de autoridades de nueva ley tributaria

Se votó si reconsiderar una decisión que bloqueó una propuesta para que el Presidente, ministros, diputados y senadores en ejercicio queden exentos de las nuevas normas tributarias que establece este proyecto de ley. La Comisión de Hacienda había rechazado esta propuesta y se pidió revisar esa decisión.

A favor: 68·En contra: 83·Abstención: 2
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art.69, ideas matrices) respecto de la indicación del diputado Brito y la diputada Yeomans, para agregar un artículo transitorio nuevo, del siguiente tenor: “Artículo final transitorio.- Respecto del Presidente de la República en ejercicio a la fecha de publicación de la presente ley, de sus Ministros de Estado y de los diputados y senadores en ejercicio en dicha oportunidad, continuará aplicándose el régimen tributario vigente con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, así como las normas relativas a la determinación y cálculo de los impuestos que graven su patrimonio, bienes, inversiones o participaciones en sociedades. En consecuencia, las disposiciones de la presente ley no les serán aplicables mientras se encuentren en el ejercicio de sus respectivos cargos.”. En votación la reconsideración de la declaración de inadmisibilidad. (Quienes votan a favor lo hacen por la admisibilidad; quienes votan en contra por su inadmisibilidad)

20/05/2026·Cámara💰Economía
99%
Rechazado

Devolución automática de IVA para hogares vulnerables

Se votó una propuesta para devolver automáticamente cada mes el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las personas de los hogares más pobres cuando compran alimentos, medicinas, servicios básicos e internet.

A favor: 74·En contra: 76·Abstención: 2
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art. 65 inciso cuarto N°1, materia de tributos) respecto de la indicación de las diputadas y los diputados Manouchehri, Yeomans, Barrera, Hassler, Ulloa, Malla y Brito, para incorporar un nuevo artículo: "Artículo nuevo.- Establécese un mecanismo permanente de devolución mensual automática del Impuesto al Valor Agregado pagado por personas pertenecientes a hogares clasificados en el 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares, respecto del consumo de los siguientes bienes y servicios: (i) productos contenidos en la canasta básica de alimentos definida por el Instituto Nacional de Estadísticas; (ii) cuentas de electricidad, agua potable y gas de red, hasta los topes que determine el reglamento; (iii) medicamentos contenidos en el Petitorio Nacional de Medicamentos del Ministerio de Salud y bioequivalentes certificados por el Instituto de Salud Pública; y (iv) servicios de internet fijo domiciliario. La devolución se efectuará automáticamente, mes a mes, mediante abono en el Bolsillo Familiar Electrónico regulado por la Ley N° 21.550, sobre la base del consumo promedio per cápita estimado por el Servicio de Impuestos Internos en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. El monto máximo a devolver no podrá exceder de una unidad tributaria mensual por hogar.".

20/05/2026·Cámara💰Economía
84%
Aprobado

Prohibición de intereses sobre intereses en créditos

Se aprueba una norma que prohíbe a los acreedores cobrar intereses calculados sobre otros intereses ya generados. Si un banco o prestamista intenta hacerlo, esos intereses adicionales no serán válidos y el deudor no está obligado a pagarlos.

A favor: 79·En contra: 57·Abstención: 17
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Indicación renovada del diputado Raúl Soto para agregar un nuevo artículo permanente: “Incorpórese el siguiente artículo nuevo al proyecto de ley, del tenor que a continuación se expone: Artículo nuevo: Reemplazase el artículo 9° de la ley 18.010, por el siguiente texto: Artículo 9°: No se podrá estipular, en ningún caso, el pago de intereses sobre intereses, ni capitalizarlos en cada vencimiento o renovación. Los intereses capitalizados con infracción de lo dispuesto en el inciso anterior serán inoponibles al deudor y no tendrán efecto alguno.”.

20/05/2026·Cámara💰Economía
91%
Aprobado

Reclamación sobre prohibición de intereses compuestos en créditos

Se vota si se acepta una propuesta para modificar la ley de operaciones de crédito, prohibiendo que los bancos causen intereses sobre intereses. La Comisión de Hacienda había rechazado esta propuesta, pero ahora la Cámara decide si la reconsideración debe prosperar.

A favor: 81·En contra: 68·Abstención: 4
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (art 69, ideas matrices) respecto de la indicación del diputado Raúl Soto, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario: “Incorpórese el siguiente artículo nuevo al proyecto de ley, del tenor que a continuación se expone: Artículo nuevo: Reemplazase el artículo 9° de la ley 18.010, por el siguiente texto: Artículo 9°: No se podrá estipular, en ningún caso, el pago de intereses sobre intereses, ni capitalizarlos en cada vencimiento o renovación. Los intereses capitalizados con infracción de lo dispuesto en el inciso anterior serán inoponibles al deudor y no tendrán efecto alguno.”.

20/05/2026·Cámara💰Economía
89%
Rechazado

Reclamación Sobre Exención Tributaria Con Compensación Municipal

Se votó si aceptar una propuesta del diputado Cesar Valenzuela que exigía compensar completamente a los municipios por los ingresos que perderían por una exención tributaria. La propuesta requería que el Presidente presentara una ley de compensación antes del 30 de julio de 2026.

A favor: 67·En contra: 84·Abstención: 2
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art. 65 inciso cuarto N°1, exenciones tributarias.) respecto de la indicación del diputado Cesar Valenzuela, para agregar el siguiente artículo 10 bis nuevo en el proyecto de ley: "Artículo 10 bis.- La exención regulada en el artículo anterior entrará en vigencia en la medida que se dicte una ley que asegure la compensación de manera íntegra de los ingresos al Fondo Común Municipal que se dejarán de percibir por aplicación de la misma. Dicha iniciativa deberá ser ingresada por el Presidente de la República antes del 30 julio del 2026."

20/05/2026·Cámara💰Economía
93%
Rechazado

Reclamación Por Rechazo De Indicación Sobre Impuesto A La Renta

Se votó si acogía una indicación del diputado Manouchehri que proponía bajar gradualmente el impuesto a las empresas desde 27% en 2026 hasta 23% en 2030, pero solo si la economía mejora (medido por el balance fiscal y la deuda pública). La Comisión de Hacienda había rechazado esta propuesta argumentando que modificaba un tributo de forma no permitida.

A favor: 71·En contra: 81·Abstención: 1
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (modificar elementos de un tributo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 inciso cuarto N°1) respecto de la indicación del diputado Manouchehri: "Artículo transitorio nuevo.- Sin perjuicio de las modificaciones al artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta contenidas en el artículo 10 de la presente ley, la tasa de impuesto de primera categoría aplicable a las rentas devengadas o percibidas a partir del año 2026 y siguientes, se sujetará a las siguientes reglas. 1.Para las rentas devengadas o percibidas durante el año comercial 2026, un 27%. 2.Para las rentas devengadas o percibidas durante el año comercial 2027, un 26%. 3.Para las rentas devengadas o percibidas durante el año comercial 2028, un 25%, siempre que al cierre del año comercial anterior se cumplan copulativamente las siguientes condiciones: (i) El Balance Cíclicamente Ajustado no sea inferior a -1,00% del Producto Interno Bruto, y (ii) La deuda pública sea inferior a 45% del Producto Interno Bruto. 4.Para las rentas devengadas o percibidas durante el año comercial 2029 o aquel que corresponda al año siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en la letra c) anterior, la tasa se rebajará en un punto porcentual respecto de la tasa del año comercial anterior siempre que se cumplan copulativamente las siguientes condiciones: (i) El Balance Cíclicamente Ajustado no sea inferior a -0,50% del Producto Interno Bruto, y (ii) La deuda pública sea inferior a 45% del Producto Interno Bruto. 5.Para las rentas devengadas o percibidas durante el año comercial 2030 o aquel que o aquel que corresponda al año siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en la letra d) anterior, la tasa será de un 23% siempre que se cumplan copulativamente las siguientes condiciones: (i) El Balance Cíclicamente Ajustado no sea inferior a 0,00% del Producto Interno Bruto, y (ii) La deuda pública sea inferior a 45% del Producto Interno Bruto.”.

20/05/2026·Cámara💰Economía
86%
Rechazado

Reclamación por rechazo de beneficio tributario para adultos mayores en cargos públicos

Un grupo de diputados propuso agregar una norma que prohibiría a ministros y subsecretarios adultos mayores recibir ciertos beneficios fiscales en impuestos territoriales. La Comisión de Hacienda rechazó esta propuesta por considerarla inadmisible, y ahora se vota si se revierte ese rechazo.

A favor: 65·En contra: 87·Abstención: 1
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art. 65 inciso cuarto N°1, exenciones tributarias.) respecto de la indicación de las diputadas y diputados Gazmuri, Hassler, Castillo, Pizarro, Serrano, Santibáñez, González, Barrera, Barraza, Salinas, Cuello y Gatica, para agregar el siguiente artículo 10 bis nuevo en el proyecto de ley: "Artículo 10 bis.- Es contrario a la probidad y transparencia de la función pública, que el beneficio fiscal del Impuesto Territorial del artículo anterior, sea percibido por alguna persona contribuyente adulto mayor, en tanto tenga cargo de responsabilidad pública de Subsecretario o Ministro de Estado."

20/05/2026·Cámara🏠Vivienda
88%
Rechazado

Reclamación por rechazo de indicación sobre registro de contribuyentes

Se votó si aceptar una propuesta del diputado Barrera para crear un registro público en el Servicio de Impuestos Internos que muestre cuántos contribuyentes participan en un régimen habitacional y cuántas viviendas económicas se construyen por región. La Comisión de Hacienda había rechazado esta propuesta por afectar la administración financiera.

A favor: 67·En contra: 86·Abstención: 1
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Hacienda (Art.65 inc. 3, incide en la administración financiera) respecto de la indicación del diputado Barrera, para incorporar en el numeral 2) del artículo 3, un artículo nuevo: Agréguese, a continuación del artículo 24 quinquies en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1959, del Ministerio de Obras Públicas, sobre Plan Habitacional, contenido en el decreto Nº 1.101, de 1960, creado por esta ley, un artículo 24 sexies, del siguiente tenor: “Artículo 24 sexies.- El Servicio de Impuestos Internos estará habilitado para llevar un registro actualizado de los contribuyentes que hayan comunicado su opción de ingresar al régimen de la presente ley señalando quienes hayan comunicado su decisión de salida, con indicación, en este último caso, de que no podrán volver a ingresar. Dicho registro, sin incluir datos de carácter personal conforme a la ley Nº 19.628, deberá contener al menos el número total de contribuyentes activos en el régimen, el número de contribuyentes que han ejercido la opción de salida desde la entrada en vigencia del presente régimen y el número de viviendas económicas comprendidas en cada categoría, desagregado por región. Esta información puede ser actualizada semestralmente y estará disponible en el sitio web del Servicio.”.