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Total

133

Aprobadas

38%

51 votaciones

Rechazadas

15%

20 votaciones

Margen promedio

40

votos de diferencia

Votaciones por mes (ultimos 12 meses)

1
Jul 25
1
Ago 25
0
Sep 25
1
Oct 25
5
Nov 25
2
Dic 25
10
Ene 26
0
Feb 26
0
Mar 26
19
Abr 26
25
May 26
1
Jun 26
02/06/2026·Cámara📚Educación
61%
Aprobado

Medidas de seguridad en establecimientos educacionales

El Senado aprobó cambios a un proyecto de ley que busca implementar medidas de seguridad, orden y convivencia en escuelas y liceos. Se votaron en conjunto todas las modificaciones que el Senado hizo, excepto aquellas que algunos parlamentarios pidieron votar por separado.

A favor: 105·En contra: 46·Abstención: 0
▸ Ver texto técnico original

Modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa.”, con la salvedad de aquellas cuya votación separada ha sido solicitada.

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20/05/2026
·
Cámara
💰Economía
74%
Rechazado

Reclamación por rechazo de impuesto al patrimonio de 2% para personas con más de USD 100 millones

Un grupo de diputados reclamó la decisión de la Comisión de Trabajo que rechazó una propuesta para crear un nuevo impuesto anual del 2% sobre el patrimonio de personas con más de 100 millones de dólares, cuyos ingresos se destinarían a educación pública, transporte estudiantil gratuito y programas de empleo.

A favor: 55·En contra: 93·Abstención: 5
▸ Ver texto técnico original

Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social (Art 65, inciso cuarto N° 1, fijación y cálculo de impuestos) respecto de la indicación de las diputadas Gazmuri, Hassler, Castillo, Pizarro, Serrano, Santibáñez y González, y de los diputados Barrera, Barraza, Salinas, Cuello y Gatica, para agregar un artículo nuevo: “Artículo 36: Impuesto a los súper ricos. Establécese un impuesto al patrimonio, al que quedarán sujetos los siguientes contribuyentes: 1.Personas naturales domiciliadas o residentes en Chile cuyo patrimonio neto total, determinado conforme a las reglas del presente artículo, exceda de USD 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional al 31 de diciembre de cada año. 2.Personas naturales cuyo patrimonio neto total, determinado conforme a las reglas del presente artículo, exceda de USD 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional al 31 de diciembre de cada año, que trasladaron su residencia o domicilio tributario fuera de Chile, las que estarán afectas durante un período de cinco años contados desde el año del traslado. La base imponible del impuesto estará constituida por el patrimonio neto total del contribuyente descontado el monto total de sus deudas exigibles, determinado con referencia al 31 de diciembre del año respectivo. El patrimonio neto total se entenderá como el valor de mercado de la totalidad de sus activos, incluyendo bienes, derechos, acciones, participaciones en sociedades cotizadas y no cotizadas en bolsa, instrumentos financieros, activos en el extranjero, descontados los pasivos. La tasa del impuesto será de un 2% del patrimonio neto total del contribuyente Contra este impuesto se podrá imputar el total de impuestos personales efectivamente pagados en Chile, durante el respectivo año. El Servicio de Impuestos Internos podrá requerir información a organismos públicos nacionales e instituciones financieras privadas, así como autoridades extranjeras conforme a los tratados internacionales vigentes y mecanismos de intercambio automático de información, incluyendo registros de beneficiarios finales y estándares internacionales de transparencia fiscal. a)Plan Nacional de Infraestructura para la Educación Pública, cuyo objeto será la conservación y reposición de establecimientos educacionales de nivel inicial, básica y media. b)Garantizar el derecho a gratuidad en el transporte público urbano e interurbano a los estudiantes de enseñanza media. c)Ampliación de los siguientes programas de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas: i.Servicios Médicos. ii.Hogares y Residencias Estudiantiles ii. Beca Mantención para Educación Superior. iii.Útiles Escolares. iv.Programa de Alimentación Escolar. d) Ampliación de los siguientes programas del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo: i. Subsidio Empleo a la mujer. II.Subisidio al Empleo Joven. ii. Becas de Capacitación del Fondo de Cesantía Solidario. El exceso de lo recaudado por el impuesto al patrimonio establecido en este artículo se destinará a Ingresos Generales de la Nación.”.

19/05/2026·Senado📋Procedimiento
93%
Sin resultado

Rechazo De Enmienda Sobre Seguridad En Escuelas

Se rechazó una propuesta de la senadora Cariola para agregar un nuevo artículo a la ley de seguridad en establecimientos educacionales. El Senado confirmó que esta enmienda no cumplía con los requisitos para ser considerada.

A favor: 22·En contra: 19·Abstención: 1
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). Se votó la inadmisibilidad de la Indicación de la H. Senadora señora Cariola para incorporar un artículo 16 L, nuevo; ratificándose la inadmisibilidad

19/05/2026·Senado📋Procedimiento
91%
Sin resultado

Votación separada sobre medidas de seguridad en establecimientos educacionales

El Senado está considerando un proyecto de ley sobre seguridad y orden en escuelas. Un senador solicita votar por separado una parte específica del proyecto (la letra b del numeral 2 del artículo 3) para que se analice independientemente del resto.

A favor: 15·En contra: 18·Abstención: 1
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Solicitud de votación separada del H. Senador señor Vial respecto de la letra b) del N° 2, del artículo 3°.

19/05/2026·Senado🛡️Seguridad
87%
Sin resultado

Restricciones a Presencia Policial en Establecimientos Educacionales

Se vuelve a votar una propuesta para limitar cuándo y cómo pueden entrar carabineros o policías a las escuelas. La indicación establece que solo podrían intervenir en casos excepcionales cuando los mecanismos internos de la escuela no funcionen y haya evidencia de un delito específico, prohibiendo su presencia rutinaria o preventiva.

A favor: 17·En contra: 22·Abstención: 0
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). - Repetida la votación de la Indicación de la H. Senadora señora Provoste para incorporar el siguiente inciso final, nuevo: ¿La intervención de funcionarios de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones al interior de un establecimiento educacional sólo procederá con carácter subsidiario y excepcional, cuando los mecanismos internos de gestión de la convivencia escolar resulten manifiestamente insuficientes, y siempre ante la existencia de antecedentes objetivos y específicos sobre la comisión de un crimen o simple delito. La sola presencia preventiva o rutinaria de fuerzas policiales en establecimientos educacionales se encuentra prohibida.¿.

19/05/2026·Senado📋Procedimiento
81%
Sin resultado

Votación separada sobre párrafo de ley de seguridad educativa

Un grupo de senadores solicita votar por separado un párrafo específico de una ley que establece medidas de seguridad y orden en las escuelas, en lugar de votarlo junto con el resto del proyecto.

A favor: 13·En contra: 19·Abstención: 0
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Solicitud de votación separada de los H. Senadores señores Macaya; Sanhueza; Vial; Becker y Longton respecto del párrafo tercero (que pasa a ser cuarto) del número 1, letra d) del artículo 6° del proyecto de ley.

19/05/2026·Senado📚Educación
89%
Sin resultado

Eliminación De Medida De Seguridad En Artículo 3 Del Proyecto

Se vota si se elimina una parte específica de la propuesta de ley sobre seguridad en establecimientos educacionales. La senadora Pascual propone sacar una norma del artículo 3.

A favor: 16·En contra: 20·Abstención: 2
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de la H. Senadora señora Pascual para suprimir, en el artículo 3°: la letra a) del número 2.

19/05/2026·Senado📚Educación
88%
Sin resultado

Límite de edad para medidas de seguridad en escuelas

Se propone agregar una regla al proyecto de ley sobre seguridad en escuelas: las medidas de seguridad del artículo 16 J solo podrán aplicarse a estudiantes mayores de 14 años.

A favor: 15·En contra: 19·Abstención: 1
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). Indicación de la H. Senadora señora Sánchez para agregar un inciso final, nuevo, en el artículo 16 J, del siguiente tenor: ¿La medida prevista en este artículo, sólo podrá realizarse sobre mayores de catorce años.¿.

19/05/2026·Senado📚Educación
97%
Sin resultado

Restricción a presencia policial en escuelas

Se vota si agregar una norma que limite la intervención de Carabineros e Investigaciones en establecimientos educacionales, permitiéndola solo cuando sea excepcional y exista un delito real, y prohibiendo su presencia solo preventiva o de rutina.

A favor: 19·En contra: 20·Abstención: 1
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de la H. Senadora señora Provoste para incorporar el siguiente inciso final, nuevo: ¿La intervención de funcionarios de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones al interior de un establecimiento educacional sólo procederá con carácter subsidiario y excepcional, cuando los mecanismos internos de gestión de la convivencia escolar resulten manifiestamente insuficientes, y siempre ante la existencia de antecedentes objetivos y específicos sobre la comisión de un crimen o simple delito. La sola presencia preventiva o rutinaria de fuerzas policiales en establecimientos educacionales se encuentra prohibida.¿. La abstención incide en el resultado, por lo que procede repetir la votación

19/05/2026·Senado📚Educación
91%
Sin resultado

Límites a revisión de celulares en establecimientos educacionales

Se propone prohibir que los colegios revisen, manipulen o accedan al contenido de los celulares personales de estudiantes, aunque tengan permitido hacer otras medidas de seguridad en la comunidad educativa.

A favor: 16·En contra: 19·Abstención: 1
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de la H. Senadora señora Sánchez para agregar un inciso final, nuevo, en el artículo 16 J, del siguiente tenor: ¿Sin perjuicio de las limitaciones a su uso establecidas en la ley N° 21.801, las medidas de revisión no podrán extenderse a dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal, ni implicar su manipulación, revisión física o digital, acceso a su contenido, ni la exigencia de su desbloqueo o exhibición.¿.

19/05/2026·Senado📚Educación
95%
Sin resultado

Responsabilidad del director en medidas formativas en escuelas

Se propone añadir una regla a la ley sobre seguridad en escuelas: los directores de establecimientos educacionales deberán asegurar que cualquier medida disciplinaria o de orden en el reglamento interno de la escuela tenga principalmente un propósito de formación y aprendizaje del estudiante.

A favor: 19·En contra: 21·Abstención: 0
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación del H. Senador señor Velásquez para incorporar un artículo 16 K, nuevo, del siguiente tenor: ¿Con todo, cualquier medida establecida en el reglamento interno de los establecimientos educacionales, deberá privilegiar aquellas de carácter formativo. El director del establecimiento será el responsable de velar por el cumplimiento de lo indicado en este artículo.¿.

19/05/2026·Senado📋Procedimiento
77%
Sin resultado

Votación Separada sobre Medidas de Seguridad en Establecimientos Educacionales

Se está votando por separado una parte específica de un proyecto de ley sobre seguridad en las escuelas. Un senador pidió que se vote aparte este párrafo del artículo 16 para que los legisladores puedan decidir sobre él independientemente del resto de la ley.

A favor: 24·En contra: 15·Abstención: 0
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Solicitud de votación separada del H. Senador señor Mirosevic del inciso séptimo, nuevo, del artículo 16 J.

19/05/2026·Senado📚Educación
93%
Sin resultado

Derecho del estudiante a elegir durante procedimientos policiales en escuelas

Se propone agregar una opción para que estudiantes cuyos bienes están siendo revisados por la policía en una escuela puedan elegir entre esperar junto a sus pertenencias o dejarlas bajo custodia de un adulto autorizado para asistir a clases mientras llega la policía.

A favor: 19·En contra: 22·Abstención: 0
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). Indicación de la H. Senadora señora Sánchez para agregar un inciso final, nuevo, en el artículo 16 J, del siguiente tenor: ¿Mientras las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública requeridas de acuerdo a este artículo, aún no lleguen al establecimiento, el estudiante podrá elegir si, a fin de no perder de vista sus pertenencias, esperará la realización del procedimiento policial junto al personal autorizado para la ejecución de esta medida, en alguno de los lugares especialmente designados por el reglamento para estos fines; o bien, dejar estas pertenencias en custodia del personal señalado, a fin de poder asistir a clases u otras actividades vinculadas con el ejercicio de su derecho a la educación. En caso que el estudiante decida dejar sus pertenencias para ingresar a clases, deberá un adulto firmar una declaración simple en la que se asigne la responsabilidad de su custodia, las que en ningún caso podrán estar bajo supervisión de más de una persona.¿.

19/05/2026·Senado📚Educación
0%
Sin resultado

Cambio en proceso de revisión de estudiantes en escuelas

Se propone modificar cómo se realizan las revisiones personales a estudiantes en establecimientos educacionales, precisando que estas revisiones excepcionales se hagan en lugares privados dentro del colegio.

A favor: 39·En contra: 0·Abstención: 0
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación del H. Senador señor Edwards para reemplazar, en el inciso quinto, nuevo, del artículo 16 J, la expresión ¿En caso de que se disponga una revisión especial e individual, ella¿ por la siguiente: ¿El personal autorizado podrá disponer de una revisión excepcional e individual en un lugar privado dentro del establecimiento. Esta¿.

19/05/2026·Senado📚Educación
89%
Sin resultado

Protección de profesionales educativos en revisiones de seguridad

Se propone permitir que profesores y trabajadores de colegios puedan negarse a realizar revisiones de seguridad en estudiantes sin tener que justificar su decisión, sin que esto afecte sus empleos ni les traiga consecuencias disciplinarias.

A favor: 17·En contra: 21·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de la H. Senadora señora Sánchez para agregar un inciso final, nuevo, en el artículo 16 J, del siguiente tenor: ¿Cualquier profesional de la educación o trabajador del establecimiento podrán negarse, sin expresión de causa, a realizar la revisión prevista en este artículo, incluso estando autorizados por el reglamento del establecimiento para ello, lo que en ningún caso implicará un incumplimiento de sus funciones laborales ni acarreará medidas disciplinarias en su contra.¿.

19/05/2026·Senado📚Educación
90%
Sin resultado

Votación Separada De Artículos Sobre Seguridad En Establecimientos Educacionales

Se somete a votación individual una parte específica del proyecto de ley que trata medidas de seguridad y orden en escuelas. Esta votación separada permite que los senadores voten únicamente sobre ciertos artículos nuevos que se proponen agregar a la ley, con indicaciones presentadas por cuatro senadores.

A favor: 18·En contra: 22·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). Votación separada del inciso segundo, nuevo, del artículo 16 J. Numeral 2) que agrega los artículos 16 J y 16 K, nuevos:¿ Indicaciones de los HH Senadores Gatica; Longton ; Vial; y Becker

19/05/2026·Senado📚Educación
76%
Sin resultado

Cambio en plazos de notificación a apoderados en colegios

Se propone modificar cómo los colegios notifican a padres o apoderados cuando hay problemas de conducta. El cambio añade la posibilidad de establecer condiciones específicas además de plazos en el reglamento interno de cada escuela.

A favor: 23·En contra: 14·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04) Indicación del H. Senador señor Edwards para reemplazar, en el inciso décimo, nuevo, del artículo 16 J, luego de la expresión ¿En el caso de que el padre, madre o apoderado no concurra dentro del plazo¿, la frase ¿que establezca el reglamento interno¿ por la siguiente: ¿y/o condiciones específicas establecidas en el reglamento interno.¿.

19/05/2026·Senado📚Educación
0%
Sin resultado

Votación Separada sobre Fiscalización en Educación

Se somete a votación separada una parte específica del proyecto de ley sobre seguridad en educación que modifica las reglas de fiscalización del sistema educativo nacional.

A favor: 0·En contra: 37·Abstención: 0
▸ Ver texto técnico original

Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). Solicitud de votación separada del H. Senador señor Vial respecto de la letra b) del N° del artículo 3°: (que modifica la ley N° 20.529, sobre Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su fiscalización)

19/05/2026·Senado📚Educación
0%
Sin resultado

Intervención de coordinador de convivencia en revisiones escolares

Se vota si los establecimientos educacionales deben activar automáticamente un plan de convivencia y llamar a un coordinador especializado cuando se realice una revisión de seguridad que cumpla ciertas condiciones definidas en el reglamento interno de cada escuela.

A favor: 36·En contra: 0·Abstención: 0
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de los H. Senadores señores Longton y Sanhueza para reemplazar el inciso décimo tercero, nuevo, del artículo 16 J. por el siguiente: ¿La aplicación de la medida de revisión que regula este artículo dará lugar a la activación del Plan de Gestión de Convivencia Educativa previsto en el artículo 16 D, y a la intervención del coordinador o coordinadora de convivencia escolar con dedicación exclusiva, cuando se verifiquen los supuestos objetivos previamente establecidos en el reglamento interno del establecimiento educacional, conforme a las orientaciones generales que imparta el Ministerio de Educación.¿.

19/05/2026·Senado📚Educación
95%
Sin resultado

Protección de privacidad en revisión de pertenencias escolares

Se propone prohibir que se revisen ni reproduzcan cuadernos, agendas y papeles de estudiantes durante procedimientos de seguridad, aunque permite que maestros los vean durante clases para fines educativos o comunicarse con apoderados.

A favor: 19·En contra: 21·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de la H. Senadora señora Sánchez para agregar un inciso final, nuevo, en el artículo 16 J, del siguiente tenor: ¿En el contexto de la ejecución de la medida de que trata este artículo, no podrá revisarse ni reproducirse el contenido de cuadernos, agendas, papelería o demás contenido impreso que porte el estudiante. En ningún caso esta prohibición obstará la revisión de los mismos con fines pedagógicos por los docentes durante la realización de clases u otros profesionales de la educación para efectos de comunicación con su apoderado. La revisión de estos elementos constituirá una afectación al derecho a la vida privada del estudiante.¿.