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Total
163
Aprobadas
45%
73 votaciones
Rechazadas
14%
23 votaciones
Margen promedio
42
votos de diferencia
Se votó de forma separada una sección específica del proyecto de ley (numeral 33) que fue modificada por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Esta sección aparece en las páginas 111 a 119 del documento de cambios propuestos.
Numeral 33), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado José Carlos Meza, y que consta en las páginas 111 a 119 del comparado.
Se votó por separado una disposición específica (literal c) del artículo primero) del proyecto de ley 16553, que trata sobre medio ambiente y recursos naturales, tal como fue redactada por la Comisión correspondiente.
Literal c), del numeral 21), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que consta en la página 75 del comparado.
Se votó por separado una sección específica de un proyecto de ley relacionado con medio ambiente y recursos naturales. Esta sección había sido modificada por la Comisión especializada en estos temas.
Numeral 23), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que consta en las páginas 77 a 84 del comparado.
Se vota un proyecto que cambia cómo la Dirección General de Aguas supervisa y controla el uso del agua en el país. Una parte de esta reforma requiere una mayoría especial en la Cámara de Diputados para ser válida.
Proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Modifica el Código de Aguas en lo relativo al procedimiento de fiscalización y vigilancia por parte de la Dirección General de Aguas”. Cabe hacer presente que la letra f) del inciso tercero del artículo 172 nonies, contenido en el número 7 del artículo único del proyecto, requiere del voto favorable de 77 diputadas y diputados por tratarse de una norma de rango orgánico constitucional.
Se votó por separado un apartado específico del proyecto de ley sobre medio ambiente y recursos naturales, tal como lo solicitó el diputado Felipe Donoso. Este apartado contiene disposiciones técnicas que se encuentran detalladas en las páginas 50 a 58 del documento comparativo.
Numeral 14), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que consta en las páginas 50 a 58 del comparado.
Se somete a votación separada una sección específica del proyecto de ley (numeral 36) que contiene normas relacionadas con medio ambiente y recursos naturales, según lo propuesto por la comisión especializada.
Numeral 36), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por los diputados Felipe Donoso y José Carlos Meza, y que consta en las páginas 122 a 125 del comparado. Cabe haver presente que el inciso tercero del artículo 60 bis, contenido en este numeral se entiende rechazado por no haber alcanzado el quorum en la votación general.
Se votó separadamente una sección específica (numeral 37) del proyecto de ley sobre medio ambiente, tal como fue redactada por la Comisión correspondiente. Un diputado solicitó votarla de forma independiente del resto del proyecto.
Numeral 37), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que consta en las páginas 125 a 127 del comparado.
Se vota de forma separada una sección específica del proyecto de ley relacionada con modificaciones al artículo 43, a solicitud del diputado Felipe Donoso. Esta sección trata aspectos técnicos del trámite legislativo sobre medio ambiente y recursos naturales.
15.- En votación particular el numeral 25), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que consta en las páginas 92 a 98 del comparado. Cabe hacer presente que el inciso séptimo del artículo 43, contenido en este numeral se entiende rechazado por no haber alcanzado el quorum en general.
Se votaron por separado tres apartados específicos de una propuesta legislativa sobre medio ambiente y recursos naturales. Estos apartados fueron modificados por la comisión especializada en la materia.
Literales a), b) y e), del numeral 24), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que constan en las páginas 84 a 90, y 91 y 92 del comparado, respectivamente.
Se aprueba cómo se pagará el costo adicional que genera esta ley durante su primer año: usando el presupuesto del Ministerio del Medio Ambiente, y si no alcanza, el Tesoro Público aportará lo faltante. Después, los costos se incluirán en los presupuestos anuales normales.
Indicación propuesta por la Comisión de Hacienda para incorporar, a continuación del artículo segundo transitorio, un artículo tercero transitorio, nuevo, que consta en las páginas 141 y 142 del comparado, y de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario: “Artículo tercero transitorio.- El mayor gasto fiscal que signifique la aplicación de esta ley en su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo al presupuesto vigente de la partida Ministerio del Medio Ambiente. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con tales recursos. Para los años posteriores, el gasto se financiará con cargo a los recursos que se contemplen en las respectivas leyes de presupuestos del sector público.”.
Se votó una modificación específica al proyecto de ley 16553 que fue propuesta por la Comisión de Medio Ambiente y ajustada por la Comisión de Hacienda. La enmienda afecta una sección particular del artículo primero del proyecto.
Ordinal i), literal l), numeral 2), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consta en la página 19 del comparado.
Se votó por separado dos apartados específicos (letras a y f) de una propuesta de la Comisión de Medio Ambiente dentro del proyecto de ley número 16553, tal como lo solicitó el diputado Felipe Donoso.
Literales a) y f), del numeral 16), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que constan en las páginas 64 y 66 del comparado, respectivamente.
Se votaron por separado tres disposiciones específicas (letras a, b y c) de la sección 22 del proyecto de ley ambiental que estaba en discusión en el Congreso, tal como lo solicitó un diputado para que no fueran aprobadas junto con el resto del artículo.
Literales a), b) y c), del numeral 22), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que constan en las páginas 75 a 77 del comparado, respectivamente.
Se sometieron a votación independiente tres apartados específicos de un proyecto de ley sobre medio ambiente, tal como lo solicitó el diputado Felipe Donoso. Estas modificaciones fueron propuestas por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Literales d), e) y g), del numeral 2), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que constan en las páginas 8 a 10 y página 12 del comparado, respectivamente.
Se votó por separado una parte específica del proyecto de ley sobre medio ambiente (literal a) del artículo primero), tal como lo solicitó el diputado Felipe Donoso. Esta sección fue modificada según las propuestas de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Literal a), del numeral 17), del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Donoso, y que consta en la página 68 del comparado.
Se aprueba un proyecto de ley que crea un programa de incentivos para que agricultores y ganaderos adopten prácticas que cuiden y mejoren la salud de sus suelos en el tiempo.
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece un Sistema de Incentivos para la Gestión Sostenible de Suelos Agropecuarios (SIGESS), (Boletín N° 16.391-01). APROBADO.
Se propone modificar la ley de gestión de residuos para regular cómo Chile exporta desechos considerados peligrosos. Está en su primera etapa de discusión general en el Senado.
Proyecto de ley, iniciado en Moción del Honorable Senador señor Velásquez, en primer trámite constitucional, que modifica la ley Nº 20.920, que establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, en materia de exportación de residuos peligrosos, con informe de la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales. (discusión en general). (Boletín N° 15.627-12).