Límite de una hora para procedimientos de un proyecto de ley
Se propone agregar una norma que exija que ciertos procedimientos parlamentarios se realicen en el plazo más breve posible, sin exceder una hora en ningún caso.
▸ Ver texto técnico original
Indicación renovada, que agrega un nuevo inciso segundo al artículo 87 ter, incorporado por el artículo 2 del proyecto de ley, del siguiente tenor: “El conjunto de los procedimientos detallados en los incisos precedentes deberán realizarse en la forma más expedita posible, limitándose al tiempo estrictamente necesario para los fines señalados y en ningún caso podrán extenderse más allá de una hora.”